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www.ladiscusion.cl Martes 16 de septiembre de 2025 19
Economicos
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la necesaria para la ejecución de la obra - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 121-2025, referido al lote N° 549, por resolución
necesaria para la ejecución de la obra obra “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA referido al lote N° 475, por resolución de fecha 07 de agosto de 2025, se ha
“CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA TALCA - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 116-2025, de fecha 07 de agosto de 2025, se ha ordenado poner en conocimiento
- CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 108-2025, V 112-2025, referido al lote N° 476, referido al lote N° 516, por resolución ordenado poner en conocimiento del del expropiado, que según el rol de
referido al lote N° 510, por resolución por resolución de fecha 07 de agosto de fecha 07 de agosto de 2025, se ha expropiado, que según el rol de avalúo avalúo N° 56-217, de la comuna de
de fecha 21 de agosto de 2025, se ha de 2025, se ha ordenado poner en ordenado poner en conocimiento del N° 17-284, de la comuna de Ñiquen, Ñiquen, que figura a nombre SUC.
ordenado poner en conocimiento conocimiento del expropiado, que expropiado, que según el rol de avalúo que figura a nombre SEPULVEDA ACUNA MUNOZ FRANCISCO ANTON,
del expropiado, que según el rol de según el rol de avalúo N° 17-30, de N° 62-228, de la comuna de Ñiquen, PARADA MERCEDES E, la petición la petición formulada por el Fisco de
avalúo N° 262-40, de la comuna de la comuna de Ñiquen, que figura a que figura a nombre LARA URIBE formulada por el Fisco de Chile para Chile para tomar posesión material del
Ñiquen, que figura a nombre AGRI- nombre PARADA CORREA RAMONA, JOSE OMAR, la petición formulada tomar posesión material del bien ex- bien expropiado. El expropiado y otros
COLA Y GANADERA JOSE MAXIMIL la petición formulada por el Fisco de por el Fisco de Chile para tomar po- propiado. El expropiado y otros titulares titulares de derechos, dispondrán de
Y, la petición formulada por el Fisco Chile para tomar posesión material del sesión material del bien expropiado. de derechos, dispondrán de cinco días cinco días para manifestar voluntad
de Chile para tomar posesión material bien expropiado. El expropiado y otros El expropiado y otros titulares de para manifestar voluntad de recoger de recoger frutos pendientes, bajo
del bien expropiado. El expropiado y titulares de derechos, dispondrán de derechos, dispondrán de cinco días frutos pendientes, bajo apercibimiento apercibimiento señalado en el art.
otros titulares de derechos, dispondrán cinco días para manifestar voluntad para manifestar voluntad de recoger señalado en el art. 21 del Decreto Ley 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo frutos pendientes, bajo apercibimiento N° 2.186 de 1978. – Secretario. – Secretario.
de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. señalado en el art. 21 del Decreto Ley 15/17 15/17
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. N° 2.186 de 1978. – Secretario.
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. 15/17 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
– Secretario. 15/17 CHILLÁN.- En causa sobre pago de CHILLÁN.- En causa sobre pago de
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE indemnización por expropiación, indemnización por expropiación,
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de necesaria para la ejecución de la obra necesaria para la ejecución de la obra
CHILLÁN.- En causa sobre pago de CHILLÁN.- En causa sobre pago de indemnización por expropiación, “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA
indemnización por expropiación, indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 122-2025, - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 126-2025,
necesaria para la ejecución de la obra necesaria para la ejecución de la obra “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA referido al lote N° 469, por resolución referido al lote N° 542, por resolución
“CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 117-2025, de fecha 04 de septiembre de 2025, se de fecha 07 de agosto de 2025, se ha
- CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 109-2025, - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 113-2025, referido al lote N° 514, por resolución ha ordenado poner en conocimiento ordenado poner en conocimiento del
referido al lote N° 506, por resolución referido al lote N° 487, por resolución de fecha 07 de agosto de 2025, se ha del expropiado, que según el rol de expropiado, que según el rol de avalúo
de fecha 07 de agosto de 2025, se ha de fecha 07 de agosto de 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del avalúo N° 17-176, de la comuna de N° 56-217, de la comuna de Ñiquen,
ordenado poner en conocimiento del ordenado poner en conocimiento expropiado, que según el rol de avalúo Ñiquen, que figura a nombre de PA- que figura a nombre SUC. ACUNA
expropiado, que según el rol de avalúo del expropiado, que según el rol de N° 262-67, de la comuna de Ñiquen, RADA CORREA RAMONA AMELIA, MUNOZ FRANCISCO ANTON., la
N° 62-319, de la comuna de Ñiquen, avalúo N° 17-50, de la comuna de que figura a nombre PALMA VIVANCO la petición formulada por el Fisco de petición formulada por el Fisco de
que figura a nombre FERNANDEZ Ñiquen, que figura a nombre SUC. JULIO EDMUNDO, la petición formu- Chile para tomar posesión material del Chile para tomar posesión material del
SEPULVEDA EDUARDO ARON, la DE LA FUENTE SOTO EDELMIRA, lada por el Fisco de Chile para tomar bien expropiado. El expropiado y otros bien expropiado. El expropiado y otros
petición formulada por el Fisco de la petición formulada por el Fisco de posesión material del bien expropia- titulares de derechos, dispondrán de titulares de derechos, dispondrán de
Chile para tomar posesión material del Chile para tomar posesión material del do. El expropiado y otros titulares de cinco días para manifestar voluntad cinco días para manifestar voluntad
bien expropiado. El expropiado y otros bien expropiado. El expropiado y otros derechos, dispondrán de cinco días de recoger frutos pendientes, bajo de recoger frutos pendientes, bajo
titulares de derechos, dispondrán de titulares de derechos, dispondrán de para manifestar voluntad de recoger apercibimiento señalado en el art. apercibimiento señalado en el art.
cinco días para manifestar voluntad cinco días para manifestar voluntad frutos pendientes, bajo apercibimiento 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
de recoger frutos pendientes, bajo de recoger frutos pendientes, bajo señalado en el art. 21 del Decreto Ley – Secretario. – Secretario.
apercibimiento señalado en el art. apercibimiento señalado en el art. N° 2.186 de 1978. – Secretario. 15/17 15/17
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 15/17
– Secretario. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
15/17 15/17 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de CHILLÁN.- En causa sobre pago de
CHILLÁN.- En causa sobre pago de indemnización por expropiación, indemnización por expropiación,
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra necesaria para la ejecución de la obra
CHILLÁN.- En causa sobre pago de CHILLÁN.- En causa sobre pago de necesaria para la ejecución de la obra “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA
indemnización por expropiación, indemnización por expropiación, “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 123-2025, - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 118-2025,
necesaria para la ejecución de la obra necesaria para la ejecución de la obra - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 119-2025, referido al lote N° 463, por resolución referido al lote N° 537, por resolución
“CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA referido al lote N° 558, por resolución de fecha 07 de agosto de 2025, se ha de fecha 06 de agpstp de 2025, se ha
- CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 110-2025, - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 114-2025, de fecha 07 de agosto de 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del ordenado poner en conocimiento
referido al lote N° 480, por resolución referido al lote N° 482, por resolución ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo del expropiado, que según el rol de
de fecha 07 de agosto de 2025, se ha de fecha 07 de agosto de 2025, se ha expropiado, que según el rol de avalúo N° 17-175, de la comuna de Ñiquen, avalúo N° 56-289, de la comuna de
ordenado poner en conocimiento del ordenado poner en conocimiento del N° 43-45, de la comuna de Ñiquen, que que figura a nombre PEREZ DURAN Ñiquen, que figura a nombre BAR-
expropiado, que según el rol de avalúo expropiado, que según el rol de avalúo figura a nombre I. MUNICIPALIDAD MARIO ULISES, la petición formulada BARA DENISSE GARRIDO ALARCON,
N° 17-443, de la comuna de Ñiquen, N° 17-442, de la comuna de Ñiquen, DE NIQUEN, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po- la petición formulada por el Fisco de
que figura a nombre SEPULVEDA que figura a nombre SEPULVEDA por el Fisco de Chile para tomar po- sesión material del bien expropiado. Chile para tomar posesión material del
GONZALEZ LUIS OVIDIO, la petición GONZALEZ CRISTINA DEL CAR, la sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de bien expropiado. El expropiado y otros
formulada por el Fisco de Chile para petición formulada por el Fisco de El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días titulares de derechos, dispondrán de
tomar posesión material del bien ex- Chile para tomar posesión material del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger cinco días para manifestar voluntad
propiado. El expropiado y otros titulares bien expropiado. El expropiado y otros para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento de recoger frutos pendientes, bajo
de derechos, dispondrán de cinco días titulares de derechos, dispondrán de frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley apercibimiento señalado en el art.
para manifestar voluntad de recoger cinco días para manifestar voluntad señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
frutos pendientes, bajo apercibimiento de recoger frutos pendientes, bajo N° 2.186 de 1978. – Secretario. 15/17 – Secretario.
señalado en el art. 21 del Decreto Ley apercibimiento señalado en el art. 15/17 15/17
N° 2.186 de 1978. – Secretario. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
15/17 – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de EXTRACTO DE REMATE
15/17 CHILLÁN.- En causa sobre pago de indemnización por expropiación, REMATE. Juzgado de Letras de Yun-
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra gay, ubicado en calle Chorillos N° 61,
CHILLÁN.- En causa sobre pago de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE necesaria para la ejecución de la obra “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA ciudad de Yungay, subastará el 10 de
indemnización por expropiación, CHILLÁN.- En causa sobre pago de “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 124-2025, octubre de 2025, a las 12:00 Horas
necesaria para la ejecución de la obra indemnización por expropiación, - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 120-2025, referido al lote N° 517, por resolución mediante plataforma Zoom en el link
“CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA necesaria para la ejecución de la obra referido al lote N° 554, por resolución de fecha 07 de agosto de 2025, se ha https://zoom.us/j/4066205068?pwd=V
- CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 111-2025, “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA de fecha 07 de agosto de 2025, se ha ordenado poner en conocimiento i9FRTllRjV3S2RvK1lySlNlWWNSUT09;
referido al lote N° 478, por resolución - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 115-2025, ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de ID de reunión: 406 620 5068; Código
de fecha 07 de agosto de 2025, se ha referido al lote N° 540, por resolución del expropiado, que según el rol de avalúo N° 62-786, de la comuna de de acceso: 12345, el inmueble de
ordenado poner en conocimiento de fecha 07 de agosto de 2025, se ha avalúo N° 62-50, de la comuna de Ñiquen, que figura a nombre CEBA- propiedad de don Sebastián Nicolás
del expropiado, que según el rol de ordenado poner en conocimiento Ñiquen, que figura a nombre REYES LLOS POBLETE RAQUEL DEL PILA Y, García Urzua consistente en el Lote
avalúo N° 17-447, de la comuna de del expropiado, que según el rol de MENDEZ GLADYS ALBERTINA Y OTR, la petición formulada por el Fisco de 20, resultante de la subdivisión del
Ñiquen, que figura a nombre SEPUL- avalúo N° 256-140, de la comuna de la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del denominado Canelillo, ubicado en la
VEDA GONZALEZ JUAN ENRIQUE, Ñiquen, que figura a nombre BERNAL Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros subdelegación Dañicalqui, lote que
la petición formulada por el Fisco de RIQUELME JOSE OCTAVIO, la petición bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de resultó de una superficie aproximada
Chile para tomar posesión material del formulada por el Fisco de Chile para titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 5.001,03 metros cuadrados. Inscrito
bien expropiado. El expropiado y otros tomar posesión material del bien ex- cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo a fojas 2.236 Nº2.212 del Registro de
titulares de derechos, dispondrán de propiado. El expropiado y otros titulares de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. Propiedad del año 2.021 del Conservador
cinco días para manifestar voluntad de derechos, dispondrán de cinco días apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. de Bienes Raíces de Yungay. Mínimo
de recoger frutos pendientes, bajo para manifestar voluntad de recoger 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. $9.961.132.- Todo postor, para tomar
apercibimiento señalado en el art. frutos pendientes, bajo apercibimiento – Secretario. 15/17 parte en la subasta, deberá rendir cau-
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. señalado en el art. 21 del Decreto Ley 15/17 ción por un valor equivalente al 10%
– Secretario. N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE del mínimo fijado para las posturas,
15/17 15/18 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de mediante vale vista, depósito judicial o
CHILLÁN.- En causa sobre pago de indemnización por expropiación, cupón de pago del Banco Estado en la
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra cuenta corriente del tribunal y además
CHILLÁN.- En causa sobre pago de CHILLÁN.- En causa sobre pago de necesaria para la ejecución de la obra “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA deberán acompañar comprobante de
indemnización por expropiación, indemnización por expropiación, “CONCESIÓN RUTA 5. TRAMO TALCA - CHILLÁN. SECTOR 1”, Rol V 125-2025, haber rendido la garantía directamente