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16   Miércoles 1º de octubre de 2025                                                                                         www.ladiscusion.cl

           Economicos




           Legales                       cl y [email protected] con copia a   lote N°22. La indemnización se pagará   en cumplimiento a lo dispuesto en el   En causa Rol V-174-2025 2° Juzgado
                                                                                                     artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de
                                                                                                                                   Civil de Chillán, consignación valor
                                         [email protected], hasta las 12:00 horas
                                                                       al contado. La publicación se efectúa
                                         del día anterior a la subasta, indican-  en cumplimiento a lo dispuesto en el   1978. Fiscalía MOP.  expropiación, se expropioì por decreto
                                         do su nombre completo, cédula de   artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de   01/           MOP Nº 456 de 25 de junio de 2025,
           AVISO REMATE JUDICIAL         identidad, número telefónico y correo   1978. Fiscalía MOP.                               para ejecución obra “MEJORAMIENTO
           Segundo Juzgado Civil de Chillán, causa   electrónico, adjuntando copia de su   01/       EXTRACTO                      RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           rol C-1314-2015 juicio Ejecutivo, caratu-  cédula de identidad. El adjudicatario          Por Decreto MOP. (Exento) Nº717, de 12   INTERIOR”.” lote Nº 231 individualizado
           lado “BANCO ESTADO con TRONCOSO”   deberá suscribir el acta de remate por   EXTRACTO      de septiembre de 2025, y en base a la   en los planos y cuadros de expropiación
           se ha ordenado remate el 9 de Octubre   firma electrónica avanzada o en su   Por Decreto MOP. (Exento) Nº697, de 08   facultad otorgada por el artículo 3° letra   elaborados por la Dirección de Vialidad de
           de 2025 a las11:00 horas, del inmueble   defecto coordinar la suscripción de   de septiembre de 2025, y en base a la   a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL.   Ñuble, a nombre de  LARRERE CARCAMO
           ubicado en Chillán, consistente en casa   la referida acta al correo indicado el   facultad otorgada por el artículo 3° letra   MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto   MARCELO OCTAVIO., rol de avalúo N°
           y sitio ubicada CerroPuntiagudo No.   mismo día de la subasta. El precio del   a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL.   refundido, coordinado y sistematizado de   153-32, comuna PORTEZUELO, de 2082
           777, Población Lomas de Oriente, Sector   remate podrá imputarse a otros créditos,   MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto   la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de   m2, suma consignada de $8.304.602.-
           500 Viviendas Básicas de laciudad de   especialmente a lo que se refiere la ley   refundido, coordinado y sistematizado   1960, se expropió el lote de terreno N° 17,   Se instoì toma de posesión material
           Chillán y que corresponde al Lote No.   21.484 sobre “Responsabilidad Parental   de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206   para la obra: CONSTRUCCIÓN CICLOVIA   lote expropiado. Para efectos previstos
           10 de la Manzana 2 y que según Plano   y pago efectivo de deudas de pensiones   de 1960, se expropió el lote de terreno   RUTA N-31, SECTOR SAN CARLOS - SAN   Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares
           de Loteo agregado bajo el No. 369 ,   de alimentos.         N° 40, para la obra: CONSTRUCCION   FABIÁN, que figura a nombre de MERINO   derechos reales constituidos anterio-
           al final del Registro de Propiedad del   20/                CICLOVIA RUTA N-31, SECTOR SAN   HERNANDEZ JOSE JORGE Y OTROS,   ridad acto expropiatorio y acreedores
           Conservador de Bienes Raíces de Chillán                     CARLOS - SAN FABIÁN, que figura   rol de avalúo 1311-23, Comuna de SAN   que antes esa fecha hayan obtenido
           del año 1997, presenta los siguientes   EXTRACTO            a nombre de JIMENEZ GONZALEZ   CARLOS, REGIÓN DE ÑUBLE, superficie   resoluciones judiciales que embaracen o
           deslindes particulares: NORTE: Lote   Por Decreto MOP (Exento) Nº 688 de   RICHARD ALEJANDRO, rol de avalúo   91 m2. La Comisión de Peritos integrada   limiten dominio expropiado o ejercicio
           9 en 12,15 metros ; SUR : Lote 11 , en   8 de septiembre de 2025, y en base a   1439-2, Comuna de SAN CARLOS,  RE-  por PEDRO PABLO JOFRÉ ORELLANA,   facultades de dueño, hagan valer dere-
           lote 12,15 ; ORIENTE : Torres del Paine   la facultad otorgada por los artículos 3°   GION DE ÑUBLE, superficie 71 m2. La   DORY GISELA DONOSO SALGADO y   chos en procedimiento de liquidación
           en 5,15 metros y PONIENTE : Cerro   letra a), 10° letra c) y 105° del DFL MOP Nº   Comisión de Peritos integrada por DORY   VALERIA MARDONEZ LEMA, mediante   monto indemnización dentro 20 días
           Puntiagudo en 5,15 metros. El Rol de   850, de 1997, que fijó el texto refundido,   GISELA DONOSO SALGADO, VALERIA   informe de tasación de 27 de abril de   hábiles contados desde publicación
           Avalúos corresponde al número 4441-  coordinado y sistematizado de la ley   MARDONEZ LEMA y MARIA PAMELA   2022, fijó el monto de la indemnización   último aviso, bajo apercibimiento que
           14 de la Comuna de Chillán. El título   Nº 15.840 y del DFL MOP Nº 206, de   MAC-GUIRE ACEVEDO, mediante   provisional en la cantidad de $3.655.006   transcurrido plazo no podrán hacerlos
           de dominio rola inscrito a Fojas 3.426   1960, se expropió el lote de terreno Nº   informe de tasación de 25 de abril de   para el lote N°17. La indemnización se   valer después sobre monto indemni-
           N° 2.720 del Registro de Propiedad   24 para la obra: CONCESIÓN RUTA 5   2022, fijó el monto de la indemnización   pagará al contado. La publicación se   zación.- Secretaría.
           del Conservador de Bienes Raíces de   TRAMO: TALCA - CHILLÁN, SECTOR   provisional en la cantidad de $10.579.080   efectúa en cumplimiento a lo dispuesto   01/
           Chillán, correspondiente al año 2007.-  1: KM. 219.490,00 A KM. 412.800,00,   para el lote N°40. La indemnización se   en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186,
           Mínimo postura $6.863.632.- caución   SUBSECTOR D: KM. 377.200,00 A KM.   pagará al contado. La publicación se   de 1978. Fiscalía MOP.  En causa Rol V-180-2025 1° Juzgado
           interesados 10% mínimo $ 686.363.- La   412.800,00, Región de Ñuble, que figura   efectúa en cumplimiento a lo dispuesto   01/  Civil de Chillán, consignación valor
           subasta se realizará vía de ZOOM, para   a nombre de GUAJARDO FUENTES   en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186,       expropiación, se expropioì por decreto
           lo cual los interesados en participar   NELSON ORLANDO Y O, rol de avalúo   de 1978. Fiscalía MOP.  En causa Rol V-173-2025 2° Juzgado   MOP Nº 456 de 25 de junio de 2025,
           deberán contar con computador o   1334-57 de la comuna de San Carlos,   01/               Civil de Chillán, consignación valor   para ejecución obra “MEJORAMIENTO
           teléfono, en ambos casos, con cámara,   superficie 19.802 m2. La comisión de              expropiación, se expropioì por decreto   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           micrófono y audio del mismo equipo y   peritos, nombrada por Resolución Ex-  EXTRACTO     MOP Nº 456 de 25 de junio de 2025,   INTERIOR” lote Nº 227 individualizado
           conexión a internet, siendo carga de las   propiaciones Fiscalía (Exenta) N° 118 de 5   Por Decreto MOP. (Exento) Nº704, de 08   para ejecución obra “MEJORAMIENTO   en los planos y cuadros de expropiación
           partes y postores el tener los elementos   de junio de 2025, integrada por Rodrigo   de septiembre de 2025, y en base a la   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   elaborados por la Dirección de Vialidad de
           tecnológicos y de conexión. Para tener   Alexis Escobar Fernandez, Marlene Te-  facultad otorgada por el artículo 3° letra   INTERIOR”.” lote Nº 236 individualizado   Ñuble, a nombre de  LARRERE CARCAMO
           derecho a participar en la subasta del   resa Rios Marcuello y Jimena Francisca   a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL.   en los planos y cuadros de expropiación   MARCELO OCTAVIO, rol de avalúo N°
           inmueble, los interesados deberán tener   Asenjo Burgos, mediante informe de   MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto   elaborados por la Dirección de Vialidad de   153-32, comuna PORTEZUELO, de 1747
           activa su CLAVE ÚNICA DEL ESTADO   tasación de 3 de julio de 2025, fijó el   refundido, coordinado y sistematizado de   Ñuble, a nombre de  LARRERE GARCIA   m2, suma consignada de $6.432.754.-
           y presentar vale vista a la orden del   monto de la indemnización provisional   la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206   JOSE OCTAVIO Y OTROS, rol de avalúo   Se instoì toma de posesión material
           Tribunal equivalente al 10% del mínimo   en la cantidad de $597.324.000 para el   de 1960, se expropió el lote de terreno N°   N° 153-31, comuna PORTEZUELO, de 1684   lote expropiado. Para efectos previstos
           fijado, dinero que perderá el subastador   lote N° 24. La indemnización se pagará   3, para la obra: REPOSICION PUENTE   m2, suma consignada de $6.535.302.-   Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares
           como pena a beneficio del ejecutante,   al contado. La publicación se efectúa   ZAPALLAR EN RUTA N-655, que figura   Se instoì toma de posesión material   derechos reales constituidos anterio-
           en caso que no suscriba el acta de re-  en cumplimiento a lo dispuesto en el   a nombre de MUNOZ ORREGO JUAN   lote expropiado. Para efectos previstos   ridad acto expropiatorio y acreedores
           mate dentro de los tres días siguientes   artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de   GAMALIER, rol de avalúo 635-41, Co-  Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares   que antes esa fecha hayan obtenido
           hábiles o no consigne la totalidad del   1978. Fiscalía MOP.  muna de SAN IGNACIO,  REGION DE   derechos reales constituidos anterio-  resoluciones judiciales que embaracen o
           precio del remate en la cuenta corriente   01/              ÑUBLE, superficie 581 m2. La Comisión   ridad acto expropiatorio y acreedores   limiten dominio expropiado o ejercicio
           del Tribunal dentro del plazo de cinco                      de Peritos integrada por VALESKA ALÉ   que antes esa fecha hayan obtenido   facultades de dueño, hagan valer dere-
           días ,en ambos casos desde la fecha   EXTRACTO              GOÑI, MARIA PAMELA MAC-GUIRE   resoluciones judiciales que embaracen   chos en procedimiento de liquidación
           del remate. Igualmente, los interesados   Segundo Juzgado Civil de Chillán,   ACEVEDO y HANDY GHISLAINE CAM-  o limiten dominio expropiado o ejercicio   monto indemnización dentro 20 días
           podrán rendir la garantía para partici-  en causa rol C-133-2025, caratulada   POS SEPULVEDA, mediante informe de   facultades de dueño, hagan valer dere-  hábiles contados desde publicación
           par en la subasta mediante depósito   ARAVENA/HORTA, con fecha 22   tasación de 17 de marzo de 2025, fijó el   chos en procedimiento de liquidación   último aviso, bajo apercibimiento que
           en la cuenta corriente del Tribunal   de septiembre de 2025, se declara   monto de la indemnización provisional   monto indemnización dentro 20 días   transcurrido plazo no podrán hacerlos
           N°52100107414, RUT N°60.309.012-8,   la interdicción definitiva de Rosalía   en la cantidad de $4.452.150 para el   hábiles contados desde publicación   valer después sobre monto indemni-
           efectuado mediante cupón de pago   del Carmen Horta Muñoz, cédula de   lote N°3. La indemnización se pagará   último aviso, bajo apercibimiento que   zación.- Secretaría.
           del Banco del Estado, obtenido desde   identidad 3.542.884-4, careciendo de   al contado. La publicación se efectúa   transcurrido plazo no podrán hacerlos   01/
           el Portal www.pjud.cl. El comprobante   la administración de sus bienes y se le   en cumplimiento a lo dispuesto en el   valer después sobre monto indemniza-
           de depósito deber remitirse al correo   nombra como curador interino a su hijo   artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de   ción.- Secretaría.  En causa Rol V-175-2025 2° Juzgado
           electrónico jc2_chillan_remates@pjud.  Alexis Eduardo Aravena Horta, cédula de   1978. Fiscalía MOP.  01/               Civil de Chillán, consignación valor
           cl y [email protected] con copia a   identidad 14.267.941-8. Secretario.  01/                                         expropiación, se expropioì por decreto
           lcardenas@pjud, junto a la copia digi-  30/02                                             En causa Rol V-179-2025 1° Juzgado   MOP Nº 445 de 23 de junio de 2025, para
           talizada de la cédula de identidad del                      EXTRACTO                      Civil de Chillán, consignación valor   ejecución obra “MEJORAMIENTO RUTA
           postor, el nombre completo, correo   EXTRACTO               Por Decreto MOP. (Exento) Nº716, de   expropiación, se expropioì por decreto   N-66-0 SAN IGNACIO DE PALOMARES-
           electrónico y teléfono, todo ello junto   Por Decreto MOP. (Exento) Nº695, de 08   12 de septiembre de 2025, y en base a   MOP Nº 456 de 25 de junio de 2025,   RAFAEL” lote Nº 35 individualizado en
           con identificar el Rol de la causa y hasta   de septiembre de 2025, y en base a la   la facultad otorgada por el artículo 3°   para ejecución obra “MEJORAMIENTO   los planos y cuadros de expropiación
           las 14:00 horas del día anterior a la fecha   facultad otorgada por el artículo 3° letra   letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105°   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   elaborados por la Dirección de Vialidad
           fijada para el remate, a fin de coordinar   a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL.   del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó   INTERIOR”.” lote Nº 232 individualizado   de Ñuble, a nombre de  CASTILLO
           su participación vía correo electrónico   MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto   el texto refundido, coordinado y siste-  en los planos y cuadros de expropiación   PALMA JOSE DANIEL, rol de avalúo N°
           y recibir el link con la invitación a la   refundido, coordinado y sistematizado   matizado de la Ley N°15.840 y del DFL.   elaborados por la Dirección de Vialidad de   164-295, comuna RANQUIL, de 1966 m2,
           subasta por dicho medio. Se proceder   de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP.   MOP. N°206 de 1960, se expropiaron   Ñuble, a nombre de  LARRERE GARCIA   suma consignada de $96.199.859.- Se
           al giro de los cheques respectivos para   N°206 de 1960, se expropiaron los lotes   los lotes de terreno N°s.41 y 42, para   JOSE OCTAVIO Y OTROS, rol de avalúo N°   instoì toma de posesión material lote
           la devolución de las consignaciones   de terreno N°s.18, 19 y 22, para la obra:   la obra: CONSTRUCCION CICLOVIA   153-31, comuna PORTEZUELO, de 13.129   expropiado. Para efectos previstos
           efectuadas por quienes participaron   REPOSICION PUENTE ZAPALLAR EN   RUTA N-31, SECTOR SAN CARLOS   m2, suma consignada de $45.659.997.-   Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares
           de la subasta sin adjudicarse el bien   RUTA N-655, que figura a nombre de   - SAN FABIÁN, que figura a nombre   Se instoì toma de posesión material   derechos reales constituidos anterio-
           inmueble, a la brevedad posible, comu-  MUNOZ CHAVEZ UBERLINDA DEL   de LAGOS CARO PEDRO ANTONIO Y   lote expropiado. Para efectos previstos   ridad acto expropiatorio y acreedores
           nicando ello a través de los respectivos   R, AEDO URRA HECTOR MARIA y   OTROS y ANDRADES OLAVE CLARA   Art. 23 DL 2.186 se conmina a titulares   que antes esa fecha hayan obtenido
           correos electrónicos. Para el caso de   OYARCE JILABET AMANDA ELENA,   DE LA ROSA, roles de avalúo 1439-86   derechos reales constituidos anterio-  resoluciones judiciales que embaracen o
           rendirse garantía mediante vale vista   roles de avalúo 105-315, 105-6 y 105-  y 1439-134, Comuna de SAN CARLOS,   ridad acto expropiatorio y acreedores   limiten dominio expropiado o ejercicio
           bancario, aquel deber entregarse en   309, Comuna de EL CARMEN, REGIÓN   REGIÓN DE ÑUBLE, superficies 111 y   que antes esa fecha hayan obtenido   facultades de dueño, hagan valer dere-
           dependencias del Tribunal hasta las   DE ÑUBLE, superficies 354, 64 y 92 m2   19 m2 respectivamente. La Comisión   resoluciones judiciales que embaracen   chos en procedimiento de liquidación
           12:00 horas del día anterior fijado para   respectivamente. La Comisión de Peritos   de Peritos integrada por VALERIA   o limiten dominio expropiado o ejercicio   monto indemnización dentro 20 días
           la subasta, acompañando además sus   integrada por VALERIA DEL CARMEN   MARDONEZ LEMA, MARIA PAMELA   facultades de dueño, hagan valer dere-  hábiles contados desde publicación
           antecedentes personales y casilla de   MARDONEZ LEMA, MARIA PAMELA     MAC-GUIRE ACEVEDO y HANDY GHIS-  chos en procedimiento de liquidación   último aviso, bajo apercibimiento que
           correo electrónico. Si el tomador no   MAC-GUIRE ACEVEDO y HANDY   LAINE CAMPOS SEPULVEDA, mediante   monto indemnización dentro 20 días   transcurrido plazo no podrán hacerlos
           se adjudicar el inmueble el vale vista   GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA,   informe de tasación de 27 de abril de   hábiles contados desde publicación   valer después sobre monto indemni-
           ser devuelto el día hábil posterior a   mediante informe de tasación de 09 de   2022, fijó el monto de la indemnización   último aviso, bajo apercibimiento que   zación.- Secretaría.
           la subasta. Quienes deseen asistir   abril de 2025, fijó el monto de la indem-  provisional en la cantidad de $4.309.281   transcurrido plazo no podrán hacerlos   01/
           a la subasta en calidad de público,   nización provisional en la cantidad de   para el lote N°41, y $3.624.849 para el   valer después sobre monto indemniza-
           deberán remitir correo electrónico a   $1.972.080 para el lote N°18, $5.779.550   lote N°42. La indemnización se pagará   ción.- Secretaría.  En causa Rol V-164-2025 2° Juzgado
           las casillas jc2_chillan_remates@pjud.  para el lote N°19, y $1.208.240 para el   al contado. La publicación se efectúa   01/  Civil de Chillán, consignación valor
   11   12   13   14   15   16   17   18