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Economicos
12:00 horas del día anterior al fijado propiado. El expropiado y otros titulares bien expropiado. El expropiado y otros formulada por el Fisco de Chile para Chile para tomar posesión material del
para la subasta, acompañando además de derechos, dispondrán de cinco días titulares de derechos, dispondrán de tomar posesión material del bien ex- bien expropiado. El expropiado y otros
sus antecedentes personales y casilla para manifestar voluntad de recoger cinco días para manifestar voluntad propiado. El expropiado y otros titulares titulares de derechos, dispondrán de
de correo electrónico. Si el tomador no frutos pendientes, bajo apercibimiento de recoger frutos pendientes, bajo de derechos, dispondrán de cinco días cinco días para manifestar voluntad
se adjudicare el inmueble, el vale vista señalado en el art. 21 del Decreto Ley apercibimiento señalado en el art. para manifestar voluntad de recoger de recoger frutos pendientes, bajo
será devuelto el día hábil posterior a N° 2.186 de 1978. – Secretario. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. frutos pendientes, bajo apercibimiento apercibimiento señalado en el art.
la subasta. Quienes deseen asistir a la 05/07 – Secretario. señalado en el art. 21 del Decreto Ley 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
subasta en calidad de público, deberán 05/07 N° 2.186 de 1978. – Secretario. – Secretario.
remitir correo electrónico en la opor- PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- 05/07 05/07
tunidad señalada en el párrafo anterior, LLÁN.- En causa sobre pago de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-
incorporando idénticos antecedentes indemnización por expropiación, LLÁN.- En causa sobre pago de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
personales. necesaria para la ejecución de la obra indemnización por expropiación, LLÁN.- En causa sobre pago de CHILLÁN.- En causa sobre pago de
04/07 “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- necesaria para la ejecución de la obra indemnización por expropiación, indemnización por expropiación,
MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, “MEJORAMIENTO RUTA N-66-O SAN necesaria para la ejecución de la obra necesaria para la ejecución de la obra
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- Rol V 71-2025, referido al lote N° 205, IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL”, “MEJORAMIENTO RUTA N-66-O SAN “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-
LLÁN.- En causa sobre pago de por resolución de fecha 10 de julio Rol V 75-2025, referido al lote N° 62, IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL”, MUNAL DEL SECANO INTERIOR”,
indemnización por expropiación, del 2025, se ha ordenado poner en por resolución de fecha 11 de julio Rol V 79-2025, referido al lote N° 71, Rol V 73-2025, referido al lote N° 248,
necesaria para la ejecución de la conocimiento del expropiado, que del 2025, se ha ordenado poner en por resolución de fecha 10 de julio por resolución de fecha 17 de julio del
obra “Concesión ruta 5. Tramo Talca según el rol de avalúo N° 158-4, de conocimiento del expropiado, que del 2025, se ha ordenado poner en 2025, se ha ordenado poner en cono-
Chillán”, Rol V 68-2025, referido al lote la comuna de Portezuelo, que figura según el rol de avalúo N° 164-3, de conocimiento del expropiado, que cimiento del expropiado, que según el
N° 501, por resolución de fecha 10 de a nombre AUGUSTO DEL CARMEN la comuna de Ranquil, que figura a según el rol de avalúo N° 164-145, de rol de avalúo N° 159-257, de la comuna
julio del 2025, se ha ordenado poner MUNOZ PEDRERO Y, la petición nombre FORESTAL CELCO S A, la la comuna de Ranquil, que figura a de Portezuelo, que figura a nombre
en conocimiento del expropiado, que formulada por el Fisco de Chile para petición formulada por el Fisco de nombre NEIRA FUENTEALBA JOEL, PARRA PASTEN SONIA ANDREA,
según el rol de avalúo N° 62-291, de tomar posesión material del bien ex- Chile para tomar posesión material del la petición formulada por el Fisco de la petición formulada por el Fisco de
la comuna de Ñiquén, que figura a propiado. El expropiado y otros titulares bien expropiado. El expropiado y otros Chile para tomar posesión material del Chile para tomar posesión material del
nombre COPIHUE S.P.A, la petición de derechos, dispondrán de cinco días titulares de derechos, dispondrán de bien expropiado. El expropiado y otros bien expropiado. El expropiado y otros
formulada por el Fisco de Chile para para manifestar voluntad de recoger cinco días para manifestar voluntad titulares de derechos, dispondrán de titulares de derechos, dispondrán de
tomar posesión material del bien ex- frutos pendientes, bajo apercibimiento de recoger frutos pendientes, bajo cinco días para manifestar voluntad cinco días para manifestar voluntad
propiado. El expropiado y otros titulares señalado en el art. 21 del Decreto Ley apercibimiento señalado en el art. de recoger frutos pendientes, bajo de recoger frutos pendientes, bajo
de derechos, dispondrán de cinco días N° 2.186 de 1978. – Secretario. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. apercibimiento señalado en el art. apercibimiento señalado en el art.
para manifestar voluntad de recoger 05/07 – Secretario. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
frutos pendientes, bajo apercibimiento 05/07 – Secretario. – Secretario.
señalado en el art. 21 del Decreto Ley PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- 05/07 05/07
N° 2.186 de 1978. – Secretario. LLÁN.- En causa sobre pago de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-
05/07 indemnización por expropiación, LLÁN.- En causa sobre pago de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
necesaria para la ejecución de la obra indemnización por expropiación, LLÁN.- En causa sobre pago de CHILLÁN.- En causa sobre pago de
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- necesaria para la ejecución de la obra indemnización por expropiación, indemnización por expropiación,
LLÁN.- En causa sobre pago de MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol “REPOSICION RUTA 148 SECTOR: necesaria para la ejecución de la obra necesaria para la ejecución de la obra
indemnización por expropiación, V 72-2025, referido al lote N° 57-A, por CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME”, “MEJORAMIENTO RUTA N-66-O SAN “REPOSICION RUTA 148 SECTOR:
necesaria para la ejecución de la obra resolución de fecha 10 de julio del 2025, Rol V 76-2025, referido al lote N° 299, IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL”, CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME”,
“Concesión ruta 5. Tramo Talca Chillán”, se ha ordenado poner en conocimiento por resolución de fecha 11 de julio Rol V 80-2025, referido al lote N° 68, Rol V 77-2025, referido al lote N° 298,
Rol V 69-2025, referido al lote N° 498, del expropiado, que según el rol de del 2025, se ha ordenado poner en por resolución de fecha 10 de julio del por resolución de fecha 17 de julio
por resolución de fecha 10 de julio del avalúo N° 148-311, de la comuna de conocimiento del expropiado, que 2025, se ha ordenado poner en cono- del 2025, se ha ordenado poner en
2025, se ha ordenado poner en cono- Ninhue, que figura a nombre GARRIDO según el rol de avalúo N° 1096-7, de cimiento del expropiado, que según el conocimiento del expropiado, que
cimiento del expropiado, que según el MUNOZ JOSE FERNANDO Y OTRO, la comuna de Quillón, que figura a rol de avalúo N° 164-34, de la comuna según el rol de avalúo N° 1096-7, de
rol de avalúo N° 62-271, de la comuna la petición formulada por el Fisco de nombre MENDOZA BARRA GUDELIA de Ranquil, que figura a nombre NEIRA la comuna de Quillón, que figura a
de Ñiquén, que figura a nombre SOC. Chile para tomar posesión material del MAGDALENA, la petición formulada FUENTEALBA ORLANDO, la petición nombre MENDOZA BARRA GUDELIA
AGRIC., GANAD. E INMOB. PEHUEN, bien expropiado. El expropiado y otros por el Fisco de Chile para tomar po- formulada por el Fisco de Chile para MAGDALENA, la petición formulada
la petición formulada por el Fisco de titulares de derechos, dispondrán de sesión material del bien expropiado. tomar posesión material del bien ex- por el Fisco de Chile para tomar po-
Chile para tomar posesión material del cinco días para manifestar voluntad El expropiado y otros titulares de propiado. El expropiado y otros titulares sesión material del bien expropiado.
bien expropiado. El expropiado y otros de recoger frutos pendientes, bajo derechos, dispondrán de cinco días de derechos, dispondrán de cinco días El expropiado y otros titulares de
titulares de derechos, dispondrán de apercibimiento señalado en el art. para manifestar voluntad de recoger para manifestar voluntad de recoger derechos, dispondrán de cinco días
cinco días para manifestar voluntad 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. frutos pendientes, bajo apercibimiento frutos pendientes, bajo apercibimiento para manifestar voluntad de recoger
de recoger frutos pendientes, bajo – Secretario. señalado en el art. 21 del Decreto Ley señalado en el art. 21 del Decreto Ley frutos pendientes, bajo apercibimiento
apercibimiento señalado en el art. 05/07 N° 2.186 de 1978. – Secretario. N° 2.186 de 1978. – Secretario. señalado en el art. 21 del Decreto Ley
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 05/07 05/07 N° 2.186 de 1978. – Secretario.
– Secretario. PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- 05/7
05/07 LLÁN.- En causa sobre pago de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
indemnización por expropiación, LLÁN.- En causa sobre pago de CHILLÁN.- En causa sobre pago de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE necesaria para la ejecución de la obra indemnización por expropiación, indemnización por expropiación, CHILLÁN.- En causa sobre pago de
CHILLÁN.- En causa sobre pago de “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- necesaria para la ejecución de la obra necesaria para la ejecución de la obra indemnización por expropiación,
indemnización por expropiación, MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, “REPOSICION RUTA 148 SECTOR: “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- necesaria para la ejecución de la obra
necesaria para la ejecución de la Rol V 73-2025, referido al lote N° 242, CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME”, MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, “REPOSICION RUTA 148 SECTOR:
obra “Concesión ruta 5. Tramo Talca por resolución de fecha 10 de julio del Rol V 77-2025, referido al lote N° 286, Rol V 71-2025, referido al lote N° 206, CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME”,
Chillán”, Rol V 68-2025, referido al lote 2025, se ha ordenado poner en cono- por resolución de fecha 10 de julio del por resolución de fecha 17 de julio del Rol V 78-2025, referido al lote N° 282,
N° 500, por resolución de fecha 17 de cimiento del expropiado, que según el 2025, se ha ordenado poner en cono- 2025, se ha ordenado poner en cono- por resolución de fecha 17 de julio del
julio del 2025, se ha ordenado poner rol de avalúo N° 159-204, de la comuna cimiento del expropiado, que según el cimiento del expropiado, que según el 2025, se ha ordenado poner en cono-
en conocimiento del expropiado, que de Portezuelo, que figura a nombre rol de avalúo N° 2096-65, de la comuna rol de avalúo N° 158-18, de la comuna cimiento del expropiado, que según el
según el rol de avalúo N° 62-66, de VARGAS LLANOS MARIA ERCILIA, de Quillón, que figura a nombre ES- de Portezuelo, que figura a nombre rol de avalúo N° 1096-301, de la comuna
la comuna de Ñiquén, que figura a la petición formulada por el Fisco de PINOZA CHAVEZ DANIEL ELEAZAR, AREVALO YEVENES MIRIAM LILIANA, de Quillón, que figura a nombre CI-
nombre COPIHUE S.P.A, la petición Chile para tomar posesión material del la petición formulada por el Fisco de la petición formulada por el Fisco de FUENTES PEREIRA PATRICIA ANGEL,
formulada por el Fisco de Chile para bien expropiado. El expropiado y otros Chile para tomar posesión material del Chile para tomar posesión material del la petición formulada por el Fisco de
tomar posesión material del bien ex- titulares de derechos, dispondrán de bien expropiado. El expropiado y otros bien expropiado. El expropiado y otros Chile para tomar posesión material del
propiado. El expropiado y otros titulares cinco días para manifestar voluntad titulares de derechos, dispondrán de titulares de derechos, dispondrán de bien expropiado. El expropiado y otros
de derechos, dispondrán de cinco días de recoger frutos pendientes, bajo cinco días para manifestar voluntad cinco días para manifestar voluntad titulares de derechos, dispondrán de
para manifestar voluntad de recoger apercibimiento señalado en el art. de recoger frutos pendientes, bajo de recoger frutos pendientes, bajo cinco días para manifestar voluntad
frutos pendientes, bajo apercibimiento 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. apercibimiento señalado en el art. apercibimiento señalado en el art. de recoger frutos pendientes, bajo
señalado en el art. 21 del Decreto Ley – Secretario. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. apercibimiento señalado en el art.
N° 2.186 de 1978. – Secretario. 05/07 – Secretario. – Secretario. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
05/07 05/07 05/07 – Secretario.
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- 05/07
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE LLÁN.- En causa sobre pago de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
CHILLÁN.- En causa sobre pago de indemnización por expropiación, LLÁN.- En causa sobre pago de CHILLÁN.- En causa sobre pago de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra indemnización por expropiación, indemnización por expropiación, CHILLÁN.- En causa sobre pago de
necesaria para la ejecución de la “MEJORAMIENTO RUTA N-66-O SAN necesaria para la ejecución de la obra necesaria para la ejecución de la obra indemnización por expropiación,
obra “Concesión ruta 5. Tramo Talca IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL”, “REPOSICION RUTA 148 SECTOR: “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- necesaria para la ejecución de la obra
Chillán”, Rol V 69-2025, referido al lote Rol V 74-2025, referido al lote N° 66, CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME”, MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol “MEJORAMIENTO RUTA N-66-O SAN
N° 496, por resolución de fecha 17 de por resolución de fecha 10 de julio Rol V 78-2025, referido al lote N° 272, V 72-2025, referido al lote N° 63-B, por IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL”,
julio del 2025, se ha ordenado poner del 2025, se ha ordenado poner en por resolución de fecha 10 de julio resolución de fecha 17 de julio del 2025, Rol V 79-2025, referido al lote N° 73,
en conocimiento del expropiado, que conocimiento del expropiado, que del 2025, se ha ordenado poner en se ha ordenado poner en conocimiento por resolución de fecha 17 de julio del
según el rol de avalúo N° 62-291, de según el rol de avalúo N° 164-3, de conocimiento del expropiado, que del expropiado, que según el rol de 2025, se ha ordenado poner en cono-
la comuna de Ñiquén, que figura a la comuna de Ranquil, que figura a según el rol de avalúo N° 2096-61, avalúo N° 148-311, de la comuna de cimiento del expropiado, que según el
nombre COPIHUE S.P.A, la petición nombre FORESTAL CELCO S A, la de la comuna de Quillón, que figura Ninhue, que figura a nombre GARRIDO rol de avalúo N° 1164-4, de la comuna
formulada por el Fisco de Chile para petición formulada por el Fisco de a nombre CIFUENTES GAJARDO MUNOZ JOSE FERNANDO Y OTRO, de Ranquil, que figura a nombre IGLE-
tomar posesión material del bien ex- Chile para tomar posesión material del DANTES EDUARDO, la petición la petición formulada por el Fisco de SIA MISION EVANGELICA WUESLE,