Page 15 - Diario 04/05/2026
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www.ladiscusion.cl Lunes 4 de mayo de 2026 15
Economicos
comunes que se indican. Bien común Octava región. El dominio rola inscrito de cinco días para manifestar voluntad al Rol de la causa y hasta las 14 horas del PAL téngase por interpuesta demanda
general (tranque) con una superficie a fojas 201 número 146 del Registro de de recoger frutos pendientes, bajo día anterior al día fijado para el remate, de alimentos menores, cita a audiencia
aproximada de 7 hectáreas y los siguientes Propiedad de Aguas del Conservador apercibimiento señalado en el art. 21 a fin de coordinar su participación. De preparatoria para el dia 06 de febrero de
deslindes especiales: Norte, Parcela 12, de Bienes Raíces de Bulnes del año del Decreto Ley. N 2.186 de 1978. rendirse garantía por vale vista bancario, 2024 a las 12:45 horas, sala 2, AL PRIMER
sitio 3; Oriente, Parcela 12; Sur, Parcela 2013. Mínimo $10.986.666. Inmueble y 02/04 aquel deberá entregarse en dependencias OTROSÍ se decretan alimentos provi-
12 con camino de por medio; Poniente, derechos de aprovechamiento de aguas del Tribunal hasta las 12 horas del día sorios, que don HENRRY ALEJANDRO
Parcela 12. Bien Común General, bodega se rematarán de forma conjunta en un anterior al remate, acompañando sus PÉREZ AGUILERA deberá pagar a favor
de pasto, taller, fragua, carpintería y otros mismo día y en una misma actuación, REMATE antecedentes personales y casilla de de sus hijos HENRY IGNACIÓ PÉREZ
con una superficie de 7,1 hectáreas y los debiendo postores otorgar cauciones 2° Juzgado Civil Chillán ubicado en calle correo electrónico. Los interesados en CORTÉS, DAMARYS VALENTYNNA
siguientes deslindes especiales: Norte, para ambos bienes. Caución 10% mínimo Vega de Saldías 1044, 5 piso, Chillán, participar deben contar con computador PÉREZ CORTÉS Y NICOLE ESTEFANNY
sitios 39, reserva en parte con camino respecto de cada bien, mediante cupón en causa Rol C-2061-2025 “Anagra o teléfono, en ambos casos, con cámara, PÉREZ CORTÉS en la suma de 6,4728
de por medio, Reserva Larqui; Oriente, de pago en Banco Estado; depósito S.A. con Anabalón”, se subastará día micrófono y audio del mismo equipo UTM correspondiente 2,15760 UTM
Parcela 25 y sitio 28 ambos con camino de judicial o transferencia electrónica de 15 de mayo de 2026 a las 11:00 horas, y conexión a internet, siendo carga de para cada alimentario. AL QUINTO
por medio, sitio 31, reserva Cora. Reserva fondos en la cuenta corriente del tribunal. mediante plataforma Zoom, inmueble las partes y postores contar con ello. OTROSÍ: téngase presente. Con 02 de
Larqui; Sur, Reserva Cora, sitio 31, parte Los postores interesados en participar consistente en el Lote 29-C, resultante Quienes deseen asistir al remate como diciembre de 2025, el tribunal ordena
Parcela 26, parcela 28; Poniente, Parcela en la subasta deberán hasta el tercer de la subdivisión de la Parcela N°29 del público, deben remitir correo electró- que se notifique al demandado por
28, sitios 39. Reserva. El dominio rola día hábil anterior a ella, manifestar su Proyecto de Parcelación Dañicalqui, nico a las casillas indicadas, hasta las extracto en los diarios, de la demanda
inscrito a fojas 3238 número 2279 del voluntad en tal sentido, para lo que ubicado en camino vecinal, Sector 12 horas del día anterior a la subasta, de 13 septiembre de 2023, resolución
Registro de Propiedad del Conservador deberán ingresar el comprobante de la Culenco, Comuna de Pemuco, Provincia indicando su nombre completo, cédula que la provee de 31 de octubre de
de Bienes Raíces de Bulnes del año 2013. rendición de la caución por el módulo de Ñuble, Región del Bio Bio (hoy Pro- de identidad, adjuntando copia de ésta, 2023, y de la presente resolución que
La propiedad se encuentra cubierta por el establecido al efecto en la Oficina Judicial vincia de Diguillín, Región de Ñuble) de número telefónico y correo electrónico. fija audiencia preparatoria para el 12
Rol de Avalúo 1166-32 comuna de Bulnes. Virtual, individualizándose e indicando una superficie de 15,30 hectáreas y los Demás antecedentes en Portal web y de marzo de 2026 a las 10:30 horas,
Mínimo $224.888.888. 2) Derechos de el rol de la causa en la cual participará, siguientes deslindes: Norte, en 157,20 Secretaría Tribunal. sala 2, que en dicha audiencia se
aprovechamiento de aguas con que se señalando un correo electrónico y un mts. con Parcela 27, camino vecinal 29/04 solicitó reiteración de notificación
riega la parcela número 9 del Proyecto número de teléfono, siendo de carga del de por medio; Sur, en 225,60 mts. con por avisos, fijándose nueva audiencia
de Parcelación Arturo Prat, ubicado en interesado la correcta provisión de datos, rio Dañicalqui, y Reserva Corporación preparatoria para el día 18 de junio de
la comuna de Bulnes, que se desglosan contar con Clave Única del Estado y los de la Reforma Agraria N°4; Oriente, en EXTRACTO 2026, a las 10:30 horas, Sala 2 bajo el
de la siguiente manera: 1,24 regadores medios tecnológicos necesarios para 1067,30 mts. con Lote 29 -D de la presente POR RESOLUCIÓN DEL JUZGADO apercibimiento de llevarse a efecto
del Canal Larqui provenientes del Río hacer efectiva su participación en la subdivisión, y Poniente, en 955,15 mts. DE FAMILIA de Chillán, en causa con la parte que asista, afectándola
Diguillín y 0,82 regadores del Canal subasta. Más antecedentes en Secretaría con Lote 29-B de la presente subdivisión. RIT C-1593-2023, sobre demanda de a la que no concurra todas las re-
Goldemberg, provenientes del Río Di- del Tribunal o www.pjud.cl, consulta de El inmueble figura inscrito a fojas 510 ALIMENTOS MENORES, caratulada soluciones que en ella se dicten sin
guillín. En consecuencia, le pertenece causas. Secretario (S). N°462 del Registro de Propiedad del “CORTÉS/PÉREZ” se ha ordenado con necesidad de ulterior notificación,
a la referida Parcela un total de 2,06 02/04 año 2024 del Conservador de Bienes fecha 02 de diciembre de 2025, notificar mediante 3 publicaciones en diarios
regadores cuyas aguas conducen los Raíces de Yungay y su rol de avalúo para por este medio extracto de la deman- de circulación regional, y asimismo
canales antes aludidos. Se dejó expresa efectos territoriales es el Nº157-273 de la da, su proveído, y resolución que fija una publicación en el Diario Oficial,
constancia que el título de dominio de PRIMER JUZGADO CIVIL DE Comuna de Pemuco. Mínimo posturas audiencia preparatoria, a don HENRY correspondientes a los días primero
estas aguas se encuentra complementado CHILLÁN $76.077.336.-Los postores interesados ALEJANDRO PÉREZ AGUILERA, RUN o quince de cualquier mes, o al día
en el sentido de que cada una de las En causa sobre pago de indemnización deberán constituir garantía equivalente 13.632.944-8, de la demanda interpuesta siguiente, si no se ha publicado en las
acciones o regadores equivalen a 15,1 por expropiación, necesaria para la al 10% del mínimo fijado para la subasta, en su contra, de fecha 13 de septiembre fechas indicadas. Resolvió Juez Titular
litros por segundo, sus derechos son ejecución de la obra “EMBALSE ZAPA- a través de cupón de pago en Banco de 2023, por doña MARIA ANA CORTÉS del Juzgado de Familia de Chillán.
consuntivos, de ejercicio permanente LLAR”, Rol V-356-2025, referido al lote Estado obtenido desde el Portal www. JÁUREGUI, RUN 12.129.054-5. El de- 02/04
y continuo, superficiales y corrientes, la N 128, por resolución de fecha 04 de pjud.cl o depósito judicial en la cuenta mandante EN LO PRINCIPAL interpone
bocatoma o captación del Canal Larqui marzo de 2026, se ha ordenado poner corriente del Tribunal N°52100107414, demanda de alimentos menores. En el
está situada en la ribera derecha del Río en conocimiento del expropiado, que Rut N°60.309.012-8. El comprobante de PRIMER OTROSÍ se solicitan alimentos TRIBUNAL ELECTORAL
Diguillín, aproximadamente 4,20 kilóme- según el rol de avalúo Nº 105-313, de depósito deberá remitirse a los correos provisorios. En el SEGUNDO OTROSÍ REGIONAL DE ÑUBLE ROL N°
tros aguas arriba de la desembocadura la comuna de El Carmen, que figura a electrónicos jc2_chillan_remates@ solicita oficios. En el TERCER OTROSÍ 204-2025
del Estero San Vicente, en el Río Diguillín nombre OYARCE JILABERT GASTON pjud.cl y [email protected], copiado acompaña documentos. CUARTO EXTRACTO DE SENTENCIA
o en el intersección de las coordenadas ARTURO, la petición formulada por el a [email protected], junto a la copia OTROSÍ Patrocinio poder y forma de El Tribunal Electoral Regional de Ñuble,
Norte: 5.918.539 metros; Este: 246.543 Fisco de Chile para tomar posesión ma- digitalizada de la cédula de identidad notificación. QUINTO OTROSÍ Privilegio con fecha veintidós de abril de dos mil
metros, Datum 1956, Huso 19, comuna terial del bien expropiado. El expropiado del postor, nombre completo, correo de pobreza. Con fecha 31 de octubre de veintiséis, pronunció sentencia definitiva
de San Ignacio, Provincia de Ñuble, y otros titulares de derechos, dispondrán electrónico y teléfono, todo ello junto 2023 el Tribunal resuelve: A LO PRINCI- en la causa Rol N° 204-2025, caratulada
“Cartes Arellano con Asociación de
Funcionarios Salud Municipalizada
de la comuna de Ñiquén (AFUSAM
ÑIQUÉN)”, en la que don Ismael Ale-
jandro Cartes Arellano dedujo reclamo
de nulidad electoral en contra de la
elección parcial de Directiva —cargo
de Secretaria— verificada en la AFUSAM
ÑIQUÉN con fecha 16 de mayo de 2025.
El Tribunal, integrado por su Presidente
Titular Ministro don Guillermo Arcos
Salinas y los Abogados Miembros doña
Paula Morales Rojas y don Eduardo
Peñafiel Peña, resolvió: I. Declarar nula
la elección de Secretario del directorio
de la AFUSAM ÑIQUÉN efectuada el 16
de mayo de 2025, debiendo cesar de
inmediato en el ejercicio de su cargo la
Secretaria electa, doña Raquel Muñoz
Zúñiga. II. Ordenar que la organización
deberá realizar una nueva elección de
Secretaria, con estricta sujeción a las
normas legales vigentes y a lo dispuesto
en sus Estatutos, debiendo estos ajustarse
a lo establecido en la Ley N° 19.296 en
todo aquello que sea pertinente. III. No
condenar en costas a la parte reclamada
por existir motivos plausibles para
litigar. Lo anterior, fundado en que el
proceso eleccionario impugnado no
dio cumplimiento a las solemnidades
establecidas en el artículo 19 de la Ley
N° 19.296, al haberse fijado un plazo de
inscripción de candidaturas que no se
ajustó al rango legal —que exige que
las postulaciones puedan presentarse
hasta dos días antes de la elección—,
privando ilegítimamente a los asociados
de su derecho a postular. Notifíquese
en la forma dispuesta por el artículo 25
inciso 2° de la Ley N° 18.593. Autoriza el
Secretario Relator don Cristian Coloma
Fuentes.
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