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16   Jueves 24 de julio de 2025                                                                                              www.ladiscusion.cl

           Economicos





           facultativo del tribunal, no ha lugar.   comisión legal del 2.00% anual   se resuelve: Que HA LUGAR a la   pago, ante el señor Secretario del   horas, de lunes a viernes, bajo aper-
           Cuantía. $ 12.000.000.- En Chillán,   sobre el saldo del capital garantiza-  notificación por medio de avisos,   Tribunal, hasta por la suma de   cibimiento de tenerlo por requerido
           a diecisiete de febrero de dos mil   do por el Fondo de Garantía para   debiendo efectuarse las publicacio-  $12.000.000, más la comisión legal   en rebeldía. En Chillán, veintisiete
           veinte, se notificó por el estado   Pequeños Empresarios (FOGAPE),   nes respectivas por tres veces en el   del 2.00% anual sobre el saldo del   de marzo de dos mil veinticinco, se
           diario, la resolución precedente.   más intereses que en derecho co-  diario “La Discusión” o “La Crónica”   capital garantizado por el Fondo de   notificó por el estado diario, la reso-
           MANDAMIENTO. Chillán, diecisie-  rrespondan y costas, Si no se efec-  de esta ciudad, y por una vez en el   Garantía para Pequeños Empresarios   lución que antecede. Secretario (s).
           te de febrero de dos mil veinte. El   tuare el pago, trábese embargo   “Diario Oficial” en los días primero   (FOGAPE), entre las 08:00 y 14:00   22/24
           receptor judicial que se designe, en   sobre los bienes propios del ejecu-  o quince de cualquier mes, o al día
           calidad de Ministro de fe, requerirá   tado, equivalentes al monto antes   siguiente si no se ha publicado en
           de pago a en calidad de deudor   señalado, más las costas de la eje-  las fechas indicadas, por medio de
           principal a SOCIEDAD AGRICOLA   cución, principiando por los bienes   extracto redactado por la secretaria
           Y COMERCIAL AGUAS ABAJO LI-   que guarnecen el domicilio del   del Tribunal. Ordenando notificar
           MITADA, representada legalmente   ejecutado. Se ha designado depo-  la demanda de autos al demandado
           por don FUENZALIDA MUNOZ JUAN   sitario provisional de los bienes que   principal, SOCIEDAD AGRICOLA Y
           ARTURO, domiciliados en FUNDO   se embarguen al propio ejecutado,   COMERCIAL AGUAS ABAJO LIMI-
           SANTA ROSA SN, CHILLAN, y en   bajo su responsabilidad legal. Así   TADA, C.I. N°76.748.553-0, repre-
           calidad de avalista y codeudor so-  está ordenado por resolución de   sentada por Juan Arturo Fuenzalida
           lidario,  por  don  FUENZALIDA   veintisiete de marzo de dos mil   Muñoz C.I. N°14.548.672-6, y en
           MUNOZ JUAN ARTURO, con do-    veinticinco. VISTOS: Atendido el   contra de JUAN ARTURO FUENZA-
           micilio en ALZAZAR 2156 VILLA   mérito de los antecedentes, habien-  LIDA MUÑOZ, C.I. N°14.548.672-6,
           BARELONA, CHILLAN, para que en   do el demandante acreditado los   en calidad de avalista y codeudor
           el momento de la intimación, pague   fundamentos de su petición, con-  solidario, quien deberá comparecer
           a, BANCO DEL ESTADO DE CHILE,   forme lo dispuesto en el artículo 54   al quinto día hábil, desde la última
           la cantidad de $ 12.000.000, más la   del Código de Procedimiento Civil,   notificación, para ser requerido de

























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                             Musical                                    Musical              Musical              Musical               Musical
                                                  VDJ











                                                                                             CLD










                                                                Bloque Musical de Trasnoche  19 PM            08AM
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