Page 16 - Diario 22/07/2025
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16   Martes 22 de julio de 2025                                                                                              www.ladiscusion.cl

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           domiciliado para estos efectos en 18 de   AGUAS ABAJO LIMITADA, represen-  responsabilidad legal. Así está ordena-  ARTURO FUENZALIDA MUÑOZ, C.I.   resolución de fecha 5 de junio de 2023,
           Septiembre 671 Oficina 201, CHILLAN,   tada legalmente por don FUENZALIDA   do por resolución de veintisiete de   N°14.548.672-6, en calidad de avalista   se concedió la posesión efectiva testada,
           quien firma en señal de aceptación.   MUNOZ JUAN ARTURO, domiciliados   marzo de dos mil veinticinco. VISTOS:   y codeudor solidario, quien deberá   de los bienes quedados al fallecimiento
           MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO   en FUNDO SANTA ROSA SN, CHILLAN,   Atendido el mérito de los antecedentes,   comparecer al quinto día hábil, desde   de doña ANA DE LAS MERCEDES
           C.I. 13.233.382-3 Abogado HERNANDEZ   y en calidad de avalista y codeudor   habiendo el demandante acreditado   la última notificación, para ser reque-  RODRÍGUEZ NAVARRETE, cedula de
           SOTOMAYOR CLAUDIO C.I. 13.860.008-  solidario, por don FUENZALIDA MUNOZ   los fundamentos de su petición, con-  rido de pago, ante el señor Secretario   identidad 9.413.846-9, fallecida con
           4 Abogado. El tribunal proveyó: Chillán,   JUAN ARTURO, con domicilio en   forme lo dispuesto en el artículo 54 del   del Tribunal, hasta por la suma de   fecha 4 de junio de 2022, en carácter
           diecisiete de febrero de dos mil veinte.   ALZAZAR 2156 VILLA BARELONA,   Código de Procedimiento Civil, se   $12.000.000, más la comisión legal del   de herederos testamentarios a RAQUEL
           Por cumplido se provee la demanda de   CHILLAN, para que en el momento de   resuelve: Que HA LUGAR a la notifica-  2.00% anual sobre el saldo del capital   DE LOURDES RODRÍGUEZ NAVARRETE,
           folio 1: A lo principal: despáchese. Al   la intimación, pague a, BANCO DEL   ción por medio de avisos, debiendo   garantizado por el Fondo de Garantía   cedula de identidad 9.901.522-5 y MARÍA
           primer otrosí: por acompañado, cus-  ESTADO DE CHILE, la cantidad de $   efectuarse las publicaciones respectivas   para Pequeños Empresarios (FOGAPE),   JOSÉ NORAMBUENA BARAHONA,
           tódiese. Al segundo, y quinto otrosíes:   12.000.000, más la comisión legal del   por tres veces en el diario “La Discusión”   entre las 08:00 y 14:00 horas, de lunes   cedula de identidad 17.252.426-5, en su
           téngase presente. Al tercer otrosí: tén-  2.00% anual sobre el saldo del capital   o “La Crónica” de esta ciudad, y por una   a viernes, bajo apercibimiento de te-  calidad de herederas universales en la
           gase presente y por acompañado con   garantizado por el Fondo de Garantía   vez en el “Diario Oficial” en los días   nerlo por requerido en rebeldía. En   forma y condiciones establecidas en el
           citación. Al cuarto otrosí: siendo facul-  para Pequeños Empresarios (FOGAPE),   primero o quince de cualquier mes, o   Chillán, veintisiete de marzo de dos mil   testamento solemne abierto otorgado
           tativo del tribunal, no ha lugar. Cuantía.   más intereses que en derecho corres-  al día siguiente si no se ha publicado   veinticinco, se notificó por el estado   con fecha 1 de junio de 2022, ante el
           $ 12.000.000.- En Chillán, a diecisiete   pondan y costas, Si no se efectuare el   en las fechas indicadas, por medio de   diario, la resolución que antecede.   Notario Público de Chillán don CESAR
           de febrero de dos mil veinte, se notifi-  pago, trábese embargo sobre los bienes   extracto redactado por la secretaria del   Secretario (s).  ANDRÉS SUAREZ SÁNCHEZ. Sentencia
           có por el estado diario, la resolución   propios del ejecutado, equivalentes al   Tribunal. Ordenando notificar la de-  22/24  pronunciada por doña Antonieta Andrea
           precedente. MANDAMIENTO. Chillán,   monto antes señalado, más las costas   manda de autos al demandado princi-          Núñez Olave, Jueza Titular del Juzgado
           diecisiete de febrero de dos mil veinte.   de la ejecución, principiando por los   pal, SOCIEDAD AGRICOLA Y COMER-  EXTRACTO  de Letras de Yungay.
           El receptor judicial que se designe, en   bienes que guarnecen el domicilio del   CIAL AGUAS ABAJO LIMITADA, C.I.   JUZGADO DE LETRAS DE YUNGAY.  ERNESTO QUIJON ARAVENA
           calidad de Ministro de fe, requerirá de   ejecutado. Se ha designado depositario   N°76.748.553-0, representada por Juan   Ante el Juzgado de Letras de Yungay,   MINISTRO DE FE
           pago a en calidad de deudor principal   provisional de los bienes que se em-  Arturo  Fuenzalida  Muñoz  C.I.   en causa Rol V-41-2022, caratulada   JUZGADO DE LETRAS DE YUNGAY
           a SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL   barguen al propio ejecutado, bajo su   N°14.548.672-6, y en contra de JUAN   RODRIGUEZ con RODRIGUEZ, por   22/























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                                                  VDJ











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                                                                Bloque Musical de Trasnoche  19 PM            08AM
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