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16 Miércoles 9 de julio de 2025 www.ladiscusion.cl
Economicos
te exigible y la acción ejecutiva no de firma electrónica avanzada, dos de diciembre de dos mil vein- gales. OTROSI: En mérito del esta- a través de correo electrónico jc1_chi-
se encuentra prescrita. POR TANTO, documento que se acompaña en ticuatro, se notificó por el estado do de este proceso, esto es, de los [email protected] o vía telefónica 42-
de acuerdo a lo expuesto, docu- pdf a estos autos, con citación. diario. MANDAMIENTO Chillán, dos oficios agregados a estos autos sin 2209800 y en caso de no contar con
mentos acompañados, y a lo dis- CUARTO OTROSÍ: Que por este acto de diciembre de dos mil veinticua- resultado positivo alguno respecto los medios para conexión, podrá
puesto en el artículo 98 y siguientes vengo en señalar a S.S., como me- tro. El Receptor Judicial que se del domicilio de los demandados y
de la ley 18.092, artículos 254, 434 dio de notificación los siguientes designe, en calidad de Ministro de de las distintas búsquedas realizadas concurrir al Tribunal. En Chillán, a
N°4 y siguientes del Código de correos electrónicos: cabogado@ fe, requerirá de pago a SERGIO por el Sr. Ministro de Fe dentro y veintisiete de mayo de dos mil
Procedimiento Civil, y demás nor- hernandezsotomayor.cl y aboga- ANTONIO VALDEBENITO VALDE- fuera del territorio jurisdiccional del veinticinco, se notificó por el esta-
mas pertinentes. A SS. PIDO: tener [email protected] BENITO, con domicilio en CALLE tribunal de SSa, y conforme lo pres- do diario, la resolución precedente.
por interpuesta demanda ejecutiva QUINTO OTROSÍ: Solicito a S.S. LAS TARRIAS N° 98, CHILLAN, para cribe el artículo 54 del Código de Secretario (S).
en contra de don(ña) VALDEBENI- tener presente en mi calidad de que en el momento de la intimación procedimiento Civil, es que vengo 08/10
TO VALDEBENITO SERGIO ANTO- abogado habilitado para el ejercicio pague a BANCO DEL ESTADO DE en solicitar a US. Se sirva disponer
NIO, ya individualizado(s), en la(s) de la profesión, asumo el patrocinio CHILE, la suma de $15.917.085, más y ordenar se notifique la presente
calidad(es) ya indicada(s), admitir- de la demandante y actuaré perso- intereses que en derecho corres- demanda por avisos en los diarios EXTRACTO
la tramitación y ordenar se despache nalmente en su nombre y repre- pondan y costas. Si no efectuare el al demandado, para lo cual propon- Juzgado Civil Quirihue, autos
mandamiento de ejecución y em- sentación en el presente proceso. pago, trábese embargo en bienes go la Discusión de Chillán. POR voluntarios Rol V-9-2025 sobre in-
bargo en su contra por la suma de Asimismo, en virtud de las faculta- propios del ejecutado, equivalentes TANTO; y en mérito de lo expues- terdicción y designación de curador
$15.917.085.-, más la comisión legal des que me ha conferido mi man- al monto antes señalado, más las to; SIRVASE SSa. Ordenar se notifi- Nemecio Segundo Zapata Agurto, se
del 1,0000% anual sobre el saldo del dante, otorgo patrocinio y poder al costas de la ejecución, principian- que por avisos en los diarios la
capital garantizado por el Fondo de abogado habilitado para el ejercicio do por los bienes que guarnecen en Presente demanda y se requiera de cita a parientes que tengan interés
Garantía para Pequeños Empresarios de la profesión don CLAUDIO RU- el domicilio del ejecutado. Se ha pago al demandado indicándose el intervenir en gestión no contenciosa
(FOGAPE), más intereses pactados BEN HERNÁNDEZ SOTOMAYOR, designado depositario provisional periódico en que deberá realizarse, interpuesta por Leila del Carmen
y costas, requerir de pago al deudor, ambos domiciliados para estos de los bienes que se embarguen al las veces y su número, conforme lo Zapata Agurto, citándolos a fin de
y disponer se siga adelante esta efectos, en 18 de Septiembre 246, propio ejecutado, bajo su respon- señala el artículo 54 del Código de que comparezcan audiencia pa-
ejecución hasta que a mi represen- Edificio Centro Urbano 18 S, oficina sabilidad legal. Así está ordenado procedimiento Civil, para lo cual riente fijada para 05 de agosto 2025
tada se le haga entero y cumplido 705, Chillán, con quien podré actuar por resolución de fecha de 02 de propongo el Diario la Discusión de
pago de lo adeudado, con expresa en forma conjunta o separada, in- diciembre de 2024, en los autos Chillán. RESOLUCION: A lo princi- a las 10:00 horas en dependencias
condena en costas. PRIMER OTRO- distintamente, quien firma junto a caratulados “BANCO DEL ESTADO pal, téngase presente. Al otrosí, como Juzgado Civil Quirihue, calle Inde-
SÍ: Solicito a S.S. tener por acom- mí en señal de aceptación. MAXI- DE CHILE con VALDEBENITO”, con se pide, notifíquese a SERGIO AN- pendencia 215 Quirihue Ñuble.
pañado, bajo apercibimiento del MILIANO JOSE SANCHEZ DERIO el rol C-4597-2024 de este Primer TONIO VALDEBENITO VALDEBE- 07/09
artículo 346 N° 3 del Código de CLAUDIO RUBEN HERNÁNDEZ Juzgado Civil de Chillán. ESCRITO: NITO, RUT N°:17.153.017-2, por
Procedimiento Civil, el pagaré in- SOTOMAYOR C.I. 13.233.382-3 C.I. EN LO PRINCIPAL: Se tenga pre- medio de tres avisos publicados en EXTRACTO
dividualizado en lo principal, y se 13.860.282-6. RESOLUCION: Chillán, sente; y en el OTROSÍ: Notificación el diario La Discusión de Chillán, y,
ordene su custodia. SEGUNDO dos de diciembre de dos mil vein- por avisos. S.J.L. 1° CLAUDIO HER- en el Diario Oficial, correspondien- Ante el Primer Juzgado Civil de
OTROSÍ: Solicito a S.S. tener pre- ticuatro. Por cumplido y resolvien- NANDEZ SOTOMAYOR, abogado, te a los días primero y quince de Chillán, en causa voluntaria sobre
sente que señalo para la traba del do la demanda de folio 1: A lo por la parte ejecutante, en autos cualquier mes o al día siguiente, declaración de interdicción rol V-
embargo todos los bienes del eje- principal: despáchese. Al primer ejecutivos caratulados BANCO avisos que contendrán los mismos 52-2024, caratulada “FIGUEROA”,
cutado, corporales e incorporales, otrosí: por acompañado el pagaré ESTADO con VALDEBENITO Rol Nº datos que se exigen para la notifi- interdicción por demencia, con
muebles e inmuebles, y todos los en su calidad de título ejecutivo, 4597- 2024, Cuaderno Principal, del cación personal, conforme lo indi- fecha 06 de marzo de 2025, se dictó
que puedan aparecer en el futuro, custódiese. Al segundo otrosí: tén- ingreso de este Juzgado de Civil, a ca el artículo 54 del Código de sentencia que decretó interdicción
los que permanecerán en su poder gase presente y sobre bienes que US. Con el debido respeto digo: Que, Procedimiento Civil y los necesarios
en calidad de depositarios provisio- aparezcan de propiedad del ejecu- vengo en hacer presente a US. Que para su adecuada inteligencia. Para definitiva, declarándose privada
nales, bajo su responsabilidad civil tado al momento de la traba del los demandados de autos se en- los efectos de requerirle de pago, de la libre administración de sus
y penal. TERCER OTROSÍ: Sírvase embargo. Al tercer otrosí: téngase cuentra inubicable, siendo su pa- cítesele a la audiencia a celebrarse bienes, de doña Susana Hortensia
SS. tener presente que mi persone- presente y por acompañado, con radero desconocido dentro del te- al quinto día hábil contado desde la Saavedra Rivera, RUN. 4.547.843-2,
ría para actuar en representación citación. Al cuarto otrosí: téngase r r i t o r i o n a c i o n a l p a r a m i fecha de la última publicación, a las solicitado por su hijo y designado
del Banco Del Estado de Chile, presente, de conformidad con lo representado BANCO ESTADO DE 09.30 horas y si recayere en sábado curador definitivo a don Claudio
consta en escritura pública de fecha dispuesto en los artículos 48 y 49 CHILE, pese a las diversas gestiones al día hábil siguiente a la misma
14 de Julio de 2022, otorgada en la del Código de Procedimiento Civil. practicadas en relación a oficios hora. Debiendo manifestar el eje- Marcos Figueroa Saavedra, RUN.
Notaría de Santiago de don Álvaro Al quinto otrosí: téngase presente. agregados.- SIRVASE SSa. Tenerlo cutado su intención de comparecer 12.059.808-2.
González Salinas, firmada a través Cuantía: $15.917.085.- En Chillán, a presente para todos los efectos le- el día hábil anterior a su realización 08/10