Page 16 - Diario 14/08/2025
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16   Jueves 14 de agosto de 2025                                                                                             www.ladiscusion.cl

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           lizada de la cédula de identidad del postor,   Juzgado Letras de Quirihue causa V-2-  ciones que se indican en la escritura, sin   de Bienes Raíces de Chillan, conforme lo   de 08 de noviembre de 2022, en los autos
           el nombre completo, correo electrónico y   2025 sentencia de fecha 04 de agosto   perjuicio de sus demás derechos como   establece artículo 447 del Código de   caratulados “SCOTIABANK CHILE S. A./
           teléfono, todo ello junto con identificar el   2025 declara la interdicción definitiva   acreedor, en particular en caso de falta   Procedimiento Civil, y que designo al   RODRÍGUEZ” con el rol C-2505-2022, de
           Rol de la causa y hasta las 14:00 horas del   de Ricardo Antonio Vega Salgado Rut   de pago íntegro y oportuno de cuales-  propio ejecutado depositario provisional   este Primer Juzgado Civil de Chillán.;
           día anterior a la fecha fijada para el remate,   7.839.362-9 y designa curadora de los   quiera de las obligaciones de dar garan-  de los bienes que se le embarguen, bajo   RESOLUCIÓN: MANDAMIENTO: Chillán,
           a fin de coordinar su participación vía   bienes a Adela Inés Vega Salgado Rut   tizadas con la hipoteca que se dirá. Las   las responsabilidades civiles y penales del   dieciséis de mayo de dos mil veinticinco.
           correo electrónico y recibir el link con la   7.830.147-3. Secretario.  demás condiciones del mutuo constan   caso. SEGUNDO OTROSÍ: Sírvase SS.   Atento a la rectificación de la demanda,
           invitación a la subasta por dicho medio.   12/14            del instrumento consignado y que en un   tener presente que designo depositario   con esta misma fecha, se modifica man-
           El subastador deberá suscribir del acta de                  otrosí se acompañan. 6.- Por último, en   provisional de los bienes que se embarguen   damiento de folio 1, en el siguiente
           remate por firma electrónica avanzada o   EXTRACTO          la cláusula undécima del contrato don   al propio demandado, bajo su responsa-  sentido: El receptor judicial que se desig-
           en su defecto coordinar la suscripción de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLAN,   ALEX FELIPE RODRIGUEZ RETAMAL, a   bilidad legal. TERCER OTROSÍ: Sírvase SS.   ne, en calidad de ministro de fe, requeri-
           la referida acta al correo indicado el mismo   causa rol C-2505-2022, caratulada “SCO-  fin de garantizar a SCOTIABANK CHILE   tener por acompañado como documen-  rá de pago a don ALEX FELIPE RODRÍGUEZ
           día de la subasta. El saldo de precio de la   TIABANK CHILE S.A. con RODRIGUEZ”,   el cumplimiento exacto, íntegro y opor-  to fundante de la presente demanda y   RETAMAL, con domicilio en Pasaje Julio
           subasta deberá ser consignado en la cuenta   se ordenó notificar por avisos a ALEX   tuno de cada una de las obligaciones que   bajo apercibimiento legal, los que a con-  Hernández Guiñez N°134, Altos de Santa
           corriente del Tribunal dentro de quinto día   FELIPE RODRIGUEZ RETAMAL, RUT   sé establecen en este instrumento, cons-  tinuación sé indican, disponiendo su   Rita I, Chillán Viejo; para qué en el mo-
           hábil de realizada la subasta. Antecedentes   17.990.470-5, lo siguiente: Demanda   tituyó primera hipoteca en favor de   custodia, de Copia autorizada de la escri-  mento de la intimación, pague a SCO-
           de la causa y requisitos para participar del   Ejecutiva rectificada solo EN LO PRIN-  SCOTIABANK CHILE respecto de la   tura pública de mutuo e hipoteca singu-  TIABANK CHILE S. A., la cantidad de
           remate en la secretaría del Tribunal.  CIPAL a folio 44 y 50, cuyo texto defini-  propiedad ubicada en Pasaje Julio Her-  larizada en lo principal, con citación.   542,4419 Unidades de Fomento, equiva-
           11/14                         tivo es: EN LO PRINCIPAL: DEMANDA   nández Guiñez Nº134, Altos de Santa Rita   CUARTO OTROSÍ: Sírvase US. tener   lentes al 21 de octubre de 2022, a la
                                         EJECUTIVA Y SOLICITA SE DESPACHE   I, comuna de Chillan Viejo, Región de   presente que mi personería para repre-  cantidad de $18.714.511, más intereses que
           EXTRACTO                      MANDAMIENTO DE EJECUCION Y    Ñuble. 7.- El dominio del inmueble a   sentar al banco SCOTIABANK CHILE   en derecho correspondan y costas. Man-
           Remate: Ante el Juzgado de Letras del   EMBARGO. PRIMER OTROSÍ, SEÑALA   nombre del demandado se encuentra   consta de la copia autorizada de la escri-  teniéndose en lo demás inalterable.
           Trabajo de Chillán, ubicado en calle Isabel   BIENES PARA LA TRABA DEL EMBARGO.   inscrito a fojas 3435 N°4424 del Registro   tura pública de mandato judicial que me   Forme esta resolución parte integrante
           Riquelme N° 280, comuna de Chillán, en   SEGUNDO OTROSÍ, DESIGNA DEPOSI-  de Propiedad del año 2014 del Conserva-  otorgó mi representada, ante la Trigésima   del mandamiento de folio 1. En Chillán,
           autos sobre cobranza laboral y previsional,   TARIO PROVISIONAL.TERCER OTROSÍ,   dor de Bienes Raíces de Chillan. La refe-  cuarta Notaría de Santiago Eduardo Diaz   a dieciséis de mayo de dos mil veinticin-
           caratulados; “Vásquez con Corporación   ACOMPAÑA DOCUMENTOS Y SOLICI-  rida hipoteca a favor de mi representado   Morello, Notario Público, con fecha 29 de   co, se notificó por el estado diario, la re-
           Educacional Comewealth School”, RIT: C-  TA SU CUSTODIA. CUARTO OTROSÍ,   se encuentra inscrita a fojas 1360 N°1174   noviembre de 2019, solicitando se tenga   solución precedente. ESCRITO: NOTIFI-
           61-2023, el día viernes 29 de agosto de 2025,   PERSONERIA; QUINTO OTROSI: PA-  del Registro de Hipotecas del año 2014   por acompañada a esta presentación, para   CACION POR AVISOS: S. J. L.- (1º) Oscar
           a las 12:30 horas, en sala de audiencias N°1,   TROCINIO Y PODER; SEXTO OTROSI:   del citado Conservador. 8.- Es del caso   todos los efectos, con citación. QUINTO   Cruz López, abogado, por el ejecutante,
           se subastará mediante videoconferencia,   SEÑALA FORMA DE NOTIFICACION;   SS. que la demandada ha dejado de pagar   OTROSI: A US. pido tener presente que,   en autos caratulados “SCOTIABANK con
           a través de la plataforma Zoom, a la que   JUZGADO CIVIL DE CHILLAN2022,   a mi representado la cuota con venci-  en mi calidad de abogado habilitado para   RODRIGUEZ”, Rol C-2505-2022, a US.,
           se puede acceder en el link; https://zoom.  “Oscar Cruz López, abogado, domicilia-  miento en 16 agosto de 2022 y siguientes,   el ejercicio de la profesión, asumo per-  digo: Teniendo presente que el deman-
           us/j/6752431640? pwd=d1liazk4dWRFZlN  do en Constitución 492, oficina 302,   razón por la cual y de acuerdo a lo esti-  sonalmente el patrocinio y poder en   dado debe ser notificado personalmente
           2RDdzeW0zUVlkUT09 ,ID de reunión:   comuna y ciudad de Chillan, como   pulado en el contrato, vengo en deman-  estos autos, con domicilio en Constitución   de la demanda, de su resolución despá-
           6752431640, Código de acceso: sala1,   mandatario judicial y en representación   dar en este acto el saldo total de la obli-  492, oficina 302, Chillan. SEXTO OTRO-  chese mandamiento de ejecución y
           el siguiente bien inmueble: Resto de la   convencional; según se acreditará; de   gación, la que al 21 de octubre de 2022   SI: Para los efectos de las notificaciones   embargo, y del mandamiento de ejecución
           propiedad ubicada en calle Dieciocho de   SCOTIABANK CHILE, sociedad anónima   ascendía a la suma equivalente en pesos,   y comunicaciones correspondientes   y embargo, y ello no ha sido posible por
           Septiembre número 848 y Carrera número   bancaria, de mí mismo domicilio, repre-  moneda de curso legal de 542,4419 Uni-  vengo en señalar como correos electró-  tratarse de persona cuya residencia actual
           851, de la ciudad y Comuna de Chillán; el   sentada legalmente por su Gerente Ge-  dades de Fomento (equivalente a $18.714   nicos los siguientes: notificacionjudicial@  es difícil de determinar, constando en
           que de acuerdo con sus títulos de domi-  neral, don Diego Patricio Masola; a US.   .511,3.-, según valor Unidad de Fomento   santaelenajuridico.cl y slerchundi@san-  autos que se ha tratado notificar en tres
           nio tiene los siguientes deslindes: Norte,   respetuosamente digo: Que vengo en   al día 21 de octubre de 2022, por un valor   taelenajurid ico.cl RESOLUCIÓN: Chillán,   domicilios diversos al demandado, en
           Moncada, hoy Ramón Bocaz y Sucesión   interponer la presente demanda ejecu-  de $34.500,49.-) sólo por concepto de   ocho de noviembre de dos mil veintidós:   consecuencia se han realizado en este
           Villablanca; Sur: Floripa Becerra, Gonzalo   tiva en contra de ALEX FELIPE RODRIGUEZ   capital, más los intereses ya descritos que   Por cumplido, se provee la demanda de   proceso diversas gestiones para dar
           Rivera y Godoy, antes Adolfo Morales y   RETAMAL, desconozco profesión u   se devenguen hasta la fecha del pago   folio 1. A lo principal: despáchese. Al   curso progresivo a los autos, sin que haya
           Franco y Lote Uno; Oriente: Calle 18 de   oficio, domiciliado en Pasaje Julio Her-  efectivo. II.- La obligación antes singu-  primer, segundo y quinto otrosí: téngase   sido posible obtener nuevos anteceden-
           Septiembre y Lote Uno; Poniente: Adolfo   nández Guiñez Nº134, Altos de Santa Rita   larizada consta de escritura pública, razón   presente. Al tercer otrosí: por acompaña-  tes dado que se han recibido todos los
           Morales y calle Carrera; inmueble que   I, comuna de Chillan Viejo, Región de   por la cual dicho instrumento tiene mé-  do Mutuo Hipotecario con citación. Al   oficios encomendados sin que brinden
           figura inscrito a nombre del ejecutado a   Ñuble, en su calidad del deudor del títu-  rito ejecutivo, y siendo además la obliga-  cuarto otrosí: téngase presente y por   nuevos domicilios de la contraparte,
           fojas 246 vta. Número 462 en el Registro   lo ejecutivo que se indica a continuación:   ción líquida, actualmente exigible y en-  acompañado mandato con citación. Al   vengo en solicitar a US., se sirva disponer
           de Propiedad del Conservador de Bienes   MUTUO: Obligación de dinero por   contrándose la acción ejecutiva vigente,   sexto otrosí: Atento a lo dispuesto en el   su notificación por medio de avisos
           Raíces de Chillán, correspondiente al   624,8600 Unidades de Fomento: 1. Según   procede sé despache mandamiento de   artículo 49 del Código de Procedimiento   publicados en diarios que SSa. disponga
           año 1990 y, está amparado por el rol de   consta de la escritura pública de 19 de   ejecución y embargo en contra del de-  Civil, y no permitiendo el sistema infor-  y Diario Oficial, mediante un extracto del
           avalúos del número 16512 de la Comuna   marzo de 2014, otorgada en la Notaría de   mandado. Ejercicio de Acción Hipoteca-  mático agregar más de un correo elec-  libelo redactado por el secretario del
           de Chillán. Precio mínimo para hacer   Chillan, de don Francisco Javier Yaber   ria: Pues bien atendido que la deudora   trónico por abogado patrocinante, tén-  Tribunal, con conocimiento de causa.
           posturas: $1.000.000.000. El precio del   Lozano, Scotiabank Chile, a fin de ente-  por una parte adeuda una serie de obli-  gase presente como forma de notificación,   POR TANTO, conforme a lo dispuesto en
           remate se pagará al contado, dentro del   rar la parte del precio referida en la letra   gaciones, al Banco SCOTIABANK CHILE   únicamente, el primero de los correros   el artículo 54 del Código de Procedimien-
           plazo de quinto día hábil contado desde la   b) de la cláusula tercera, dio en mutuo a   y por otra expresamente se constituyó   señalados. Cuantía: 545,5544 U.F., equi-  to Civil, Ruego a US., ordenar que se
           fecha de la subasta. Garantía que deberán   la demandada, la cantidad de 624,8600   garantía hipotecaria, como se ha señala-  valentes al 21 de octubre de 2022 a la   notifique la demanda ejecutiva y sus
           rendir los interesados para participar   Unidades de Fomento que ésta sé obligó   do para garantizar y responder por todas   cantidad de $18.821.894. En Chillán, a   resoluciones, esta solicitud, sus providen-
           en la subasta: 10 % del mínimo fijado   a pagar, conjuntamente con los corres-  las obligaciones que tuviere, es que de   ocho de noviembre de dos mil veintidós,   cias y demás pertinentes, a don ALEX
           para la subasta. Todo postor que desee   pondientes intereses, en 360 cuotas   acuerdo a los artículos 2424, 2425 y si-  se notificó por el estado diario, la resolu-  FELIPE RODRIGUEZ RETAMAL, RUT
           participar en la subasta deberá, hasta el   mensuales, vencidas y sucesivas, que   guientes del Código Civil, el Banco   ción precedente. RESOLUCIÓN: Chillán,   17.990.470-5, por medio de avisos extrac-
           tercer día hábil anterior a ella, manifestar   comprenderían capital e intereses, con   ejerce su derecho para hacerse pagar de   dieciséis de mayo de dos mil veinticinco:   tados por Secretario del Tribunal, seña-
           su voluntad en dicho sentido, para lo que   vencimiento cada una de ellas los días   tales obligaciones sobre la garantía que   Folio 44. A lo principal: Téngase por   lando el diario en que deberán hacerse
           deberá ingresar el comprobante legible   10 de cada mes, correspondiendo pagar   se constituyó en hipoteca, como se in-  rectificada la demanda en los términos   las publicaciones y el número de ellas, sin
           de la rendición de la caución por medio   la primera de ellas el día 10 de mayo de   dica en un otrosí. POR TANTO, en méri-  solicitados y para todos los efectos pro-  perjuicio de la que corresponda hacer en
           del módulo establecido al efecto en la   2014, en caso de que la fecha de venci-  to de lo expuesto, y de conformidad a lo   cesales, en especial para la notificación   Diario Oficial. RESOLUCIÓN: Chillán, dos
           Oficina Judicial Virtual, individualizándose   miento de alguna cuota venciere en día   prescrito en los artículos 434 número 2 y   al demandado, forme parte integrante de   de julio de dos mil veinticinco. Atendido
           indicando el rol de la causa en la cual   inhábil, se pagaría al siguiente día hábil   siguientes del Código de Procedimiento   la misma. Al otrosí: rectifíquese el man-  el mérito de los antecedentes, habiendo
           participará, señalará un correo electrónico   bancario. 2.- El Banco SCOTIABANK   Civil, y artículo 30 de la ley 18.010, RUEGO   damiento. En Chillán, a dieciséis de mayo   el demandante acreditado los fundamen-
           y un número telefónico para contactarlo   CHILE le asigno a la operación el núme-  A US.: Tener por interpuesta la presente   de dos mil veinticinco, se notificó por el   tos de su petición y lo dispuesto en el
           durante la subasta. Para participar en   ro 913019273867. 3.- En la cláusula no-  demanda ejecutiva en contra de don ALEX   estado diario, la resolución precedente.   artículo 54 del Código de Procedimiento
           la subasta, sólo será admisible como   vena se estipuló que el referido capital   FELIPE RODRIGUEZ RETAMAL, ya indi-  RESOLUCIÓN: MANDAMIENTO: Chillán,   Civil, se resuelve: Que ha lugar a la noti-
           caución o garantía, el cupón de pago   devengaría los siguientes intereses 5,90%   vidualizado, admitirla a tramitación y   ocho de noviembre de dos mil veintidós.   ficación por medio de avisos solicitada a
           en Banco Estado, un depósito judicial   anual. 4.- En la cláusula novena del   despachar desde luego mandamiento de   El receptor judicial que se designe, en   folio 29, debiendo efectuarse las publica-
           en la cuenta corriente del tribunal o una   contrato se estipuló que cada cuota   ejecución y embargo en su contra por la   calidad de Ministro de fe, requerirá de   ciones respectivas por tres veces en el
           transferencia electrónica de fondos en la   mensual debía ser pagada en dinero, por   suma, de su equivalente en pesos, mo-  pago a don ALEX FELIPE RODRÍGUEZ   diario “La Discusión” de esta ciudad, y por
           cuenta corriente del tribunal, por el total   el valor en pesos moneda legal, de las   neda de curso legal de 542,4419 Unidades   RETAMAL, con domicilio en Pasaje Julio   una vez en el “Diario Oficial” en los días
           de la caución o garantía. El subastador   Unidades de Fomento a la fecha de su   de Fomento (según valor Unidad de Fo-  Hernández Guiñez N°134, Altos de Santa   primero o quince de cualquier mes, o al
           deber suscribir el acta de remate en el   pago efectivo. Sin perjuicio de lo anterior,   mento al día 21 de octubre de 2022, por   Rita I, Chillán Viejo; para que en el mo-  día siguiente si no se ha publicado en las
           día de la subasta y deberá consignar el   si el dividendo no fuere pagado dentro   un valor de $34.500,49.-) según lo seña-  mento de la intimación, pague a SCO-  fechas indicadas, por medio de extracto
           saldo de precio dentro de quinto día de   del plazo establecido en la cláusula oc-  lado  en  el cuerpo de este  escrito, da una   TIABANK CHILE S. A., la cantidad de   redactado por el secretario del tribunal.
           efectuada la misma. Todo postor estará   tava, devengara desde el día primero del   suma  total de $18.714.511,3.-, sólo por   545,5544 U.F., equivalentes al 21 de octu-  Ordenando notificar al demandado ALEX
           impedido de participar de la subasta en   mes en que debió pagarse, un interés   concepto de capital, más los intereses ya   bre de 2022 a la suma de $18.821.894, más   FELIPE RODRIGUEZ RETAMAL, RUT
           caso de estar incorporado en el Registro   penal igual al interés máximo conven-  descritos que se devenguen hasta la fecha   intereses que en derecho correspondan   17.990.470-5, quien deberá comparecer
           Nacional de Deudores de Pensiones de   cional que la ley permita estipular para   del pago efectivo, ordenando se siga   y costas. Si no se efectuare el pago, trá-  al quinto día hábil desde la última notifi-
           Alimentos (RNDPA), de conformidad a lo   operaciones de crédito de dinero en   adelante con esta ejecución hasta hacer   bese embargo sobre los bienes propios   cación, para ser requerido de pago, ante
           dispuesto en la ley 21.389. Demás bases y   moneda nacional. 5.- Finalmente, en la   a mi representado entero y cumplido pago   del ejecutado, equivalentes al monto   el señor secretario del tribunal, entre las
           antecedentes figuran en los autos sobre   cláusula décimo sexta se estipulo que el   de lo adeudado, con costas. PRIMER   antes señalado, más las costas de la eje-  08:00 horas y las 14.00 horas, de lunes a
           cobranza laboral, caratulados: Vásquez con   Banco queda facultado desde ya para   OTROSÍ: Pido US. tener presente que   cución, principiando por el inmueble   viernes, bajo apercibimiento de tenerlo
           Corporación Educacional Comeweatlh   declarar vencidas las deudas y exigir el   señalo como bien para la traba de em-  indicado en el primer otrosí de la deman-  por requerido en rebeldía. En Chillán, a
           School, RIT: C 612023, Juzgado de Letras   inmediato pago de las sumas a que en-  bargo el inmueble de propiedad del de-  da. Se ha designado depositario provisio-  dos de julio de dos mil veinticinco, se
           del Trabajo de Chillán. Ministro de Fe del   cuentre reducidas, más reajustes, inte-  mandado, e hipotecado al Banco inscri-  nal de los bienes que sé embarguen al   notificó por el estado diario, la resolución
           Tribunal.                     reses costas y gastos, si el deudor se   to a fojas 1360 N°1174 del Registro de   propio ejecutado, bajo su responsabilidad   precedente. Secretario (S).
           12/15                         colocare en una cualquiera de las situa-  Propiedad del año 2014 del Conservador   legal. Así está ordenado por resolución   14/16
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